Documentos de Manuel Cubillo Jiménez, juez de Baena en la posguerra

En el centro, Manuel Cubillo Jiménez

En el centro, Manuel Cubillo Jiménez, juez militar de Baena.

El 20 de abril de 1939, veinte días después de acabar la guerra civil española, el auditor de guerra del Ejército de Operaciones del Sur, con sede en Sevilla, nombró al abogado Manuel Cubillo Jiménez, de 39 años, juez militar jefe de los partidos judiciales cordobeses de Baena, Castro del Río, Cabra, Priego y Rute. La jefatura del juzgado se estableció en Baena y para ello el Ayuntamiento hubo de habilitar un local con muebles, un retrato del Generalísimo Franco y un crucifijo. Manuel Cubillo murió en 1973. Entre su legado, dejó una variada documentación oficial y unos escritos, de los que me cedió copia en 2015 su nieto Gabriel Caballero Cubillo. Estos escritos, con una pequeña biografía personal del juez y una breve introducción histórica, los publiqué en mi blog en junio de 2015 y pueden leerse en este enlace.

Ahora le toca el turno a la documentación judicial. En su origen era una enorme caja con cientos de documentos, pero a mis manos solo han llegado 66 hojas fechadas casi en su totalidad en 1939 y 1940. La inmensa mayoría son actas de declaraciones ante la Guardia Civil o ante Manuel Cubillo de detenidos y testigos, aunque también existen algunas listas de reclusos que elevan de manera significativa las cifras de presos aportadas en mi libro Baena roja y negra. Guerra civil y represión (1936-1943) y que serán motivo de una próxima entrada en este blog. De la documentación conservada he seleccionado tres historias principales: una denuncia contra siete vecinos, la aplicación de torturas en el cuartel de la Guardia Civil y una poesía escrita por un condenado a muerte.

En Baena, que en 1940 albergaba a 24.830 habitantes, la justicia militar se ejerció de manera muy rigurosa en la posguerra: 44 vecinos acabaron fusilados tras ser condenados en consejos de guerra celebrados en el pueblo, Jaén, Castro del Río y Córdoba; al menos 224 sufrieron cárcel en Baena o en otras localidades; otros 20 murieron mientras se encontraban internados en cárceles y batallones de trabajadores; 199 acabaron sometidos a expedientes de responsabilidades políticas o de incautación de bienes; y se abrieron 180 informes policiales individuales, un procedimiento que se realizaba a petición de los juzgados militares cuando el implicado solía encontrarse en prisión. Hemos de recordar que en la posguerra, a los vencidos se les aplicó el Código de Justicia Militar, impuesto ya en julio de 1936. Por tanto, a través de los consejos de guerra, se les procesó por medio de una “justicia al revés” que significaba que los que se habían rebelado contra la República juzgaban como rebeldes a los que habían permanecido fieles a ella.

El sumario de un consejo de guerra arrancaba con un atestado elaborado por el comandante de puesto de la Guardia Civil. El atestado se iniciaba tras la detención de algún “significado y peligroso marxista” o de “un sujeto revolucionario”, calificativos que por norma aparecían en las actas encabezando las diligencias, justo delante del nombre del encausado. La detención se practicaba en bastantes ocasiones como consecuencia de la denuncia de algún vecino, que a menudo aprovechaba para vengar viejas rencillas y enemistades con otros vecinos, para evitar pagar alguna deuda al denunciado o para castigar a las personas que más se habían destacado en el ámbito político y social durante la II República.

Los informes de la Guardia Civil, la alcaldía y la Falange eran el soporte principal en el que se basaban los tribunales para emitir las sentencias en los consejos de guerra, mientras se ignoraban casi por sistema las declaraciones de los propios inculpados. Estos informes comenzaban con una valoración genérica y peyorativa del encausado y con referencias continuas a su actuación antes del 18 de julio de 1936 (participación en huelgas, sobre todo), insistiendo en su filiación política, sindical e ideológica más que en demostrar los presuntos delitos que hubieran podido cometer (asesinatos, robos, destrucción de propiedades, etc.) durante la guerra, como ocurrió en la historia que expondremos a continuación.

Las denuncias a veces no seguían el cauce reglamentario y se remitían por el denunciante directamente al juez (o a algún conocido del juez) a través de una carta postal que podía ser anónima. Ignoramos si estas informaciones que se cursaban desde el ámbito privado incidían de alguna manera en la maquinaria judicial franquista. Entre los papeles de Manuel Cubillo se conservan varias de esas misivas, como la enviada por Francisco Pallarés Moreno, que tenía 33 años en 1939. Era hijo de Luis Pallarés Delsors, presidente en 1931 de la Federación de Exportadores de Aceite de Oliva de España y gran empresario oleícola de Cabra con ramificaciones en otras localidades españolas. Un hermano de Francisco, Luis, teniente de complemento, fue uno de lo militares que se sumó a la sublevación militar en Cabra, localidad colindante con Baena, en julio de 1936. El 8 de julio de 1939 Francisco Pallarés le envío una carta a su amigo Domingo Tarifa Aranda, uno de vecinos que en julio de 1936 se había atrincherado en Baena con la Guardia Civil para apoyar el golpe de Estado. En ella le decía lo siguiente:

Mi querido amigo:

Mi Padre me hace envío de una carta que en Madrid y por pura coincidencia ha llegado a sus manos.

Me es grato adjuntársela, pues aunque no cabe duda de que la justicia de Franco habrá sido aplicada al firmante de la misma y a la mayoría de las personas que en ella se relacionan, si por cualquier causa hubieran escapado de ella, ahí va la prueba irrefutable de sus ideas.

Suyo buen amigo que le abraza.

Carta Pallarés

Copia de la carta original enviada por Francisco Pallarés Moreno.

La carta que adjuntaba Francisco Pallarés había sido enviada el 29 de abril de 1932 por el anarquista baenense Juan Misut Cañadilla al periodista y escritor Mauro Bajatierra, también libertario. Este había vivido una temporada en 1930 en el pueblo vecino de Castro del Río, lo que explicaría la relación entre ambos. En la misiva le informaba de “las malas artes que vienen empleando las autoridades y alcaldes con los obreros de Baena”, pues con motivo de la última huelga habían arrestado a “33 compañeros” de los que todavía quedaban seis presos. Juan Misut no aportaba ningún dato sobre esta huelga, ni siquiera la fecha, pero resultó una de las más importantes que vivió Baena durante la II República. Se inició el día 12 de abril y terminó el 18. Fue una huelga general, alentada por los anarquistas, y declarada ilegal por el gobernador civil. Grupos de piquetes recorrieron los cortijos para que los jornaleros se sumaran al paro e impedían salir a trabajar desde el pueblo a los campos. La Guardia Civil detuvo a algunos hombres y cuando intentó trasladarlos a la Prisión Provincial de Córdoba se reprodujeron los enfrentamientos, que causaron dos heridos. Juan Misut le pedía al periodista que hablara con el diputado del Congreso José Antonio Balbontín sobre estos arrestos y le diera publicidad en la prensa. Para ello, le enviaba los nombres de los seis detenidos y los hechos de que se les acusaban, aportándole a la vez lo que él denominaba “pruebas evidentes” que acreditaban su inocencia y los abusos que se habían cometido en su detención.

Aunque, como ya hemos señalado, desconocemos si la carta enviada por Francisco Pallarés incidió de alguna manera en el destino de los seis prisioneros y del remitente, a continuación publicamos los datos que hemos podido descubrir, a través de nuestras investigaciones, de cómo les fue aplicada a ellos o a sus hermanos la “justicia de Franco” en la posguerra:

  • Antonio Rodríguez Bonilla. Sin datos
  • Antonio Bernal Cordero, 36 años, campesino, ya había sido fusilado el 28 de julio de 1936.
  • José Domingo Ruiz Tapias, condenado a 12 años de cárcel.
  • Rafael Pérez Colomo, sometido a expediente de responsabilidades políticas. Su hermano José, de 23 años, soldado del Ejército republicano, falleció en el frente de Villaharta el 18 de abril de 1937. Su hermano Patricio, preso en el batallón de trabajadores 128 de Navarra. Su hermano Manuel, sometido a consejo de guerra.
  • Vicente Aguilera Pérez. Sin datos. Su hermano José, de 36 años, campesino, ya había sido fusilado el 5 de septiembre de 1936.
  • Antonio Moral Carrillo, de 36 años, condenado a pena de muerte que le fue conmutada. Su hermano Emilio, de 33 años, condenado a 30 años de cárcel.
  • Juan Misut Cañadillas (firmante de la carta). Preso en el campo de concentración de Castuera (Badajoz) al finalizar la guerra civil. Su padre ya había sido fusilado el 28 de julio de 1936. En los años ochenta del siglo pasado vivía en Manzanares (Ciudad Real).

Los juicios que sufrieron los republicanos en la España franquista se realizaban sin garantías para los procesados. Los tribunales no eran independientes pues estaban formados por militares que nombraba el Gobierno y la instrucción sumarial se realizaba en secreto, sin intervención de los abogados defensores. Mientras, los acusados permanecían en prisión preventiva, sometidos al hambre, las enfermedades, las vejaciones y las torturas. Las torturas fueron una trágica realidad en los cuarteles de la Guardia Civil y en las cárceles franquistas, no sólo con la intención de arrancar de los presos las declaraciones que sus verdugos querían, sino también con la finalidad de castigar y humillar a los vencidos, quienes no tenían más remedio que delatar a su vez al primero que se les viniera a la cabeza con tal de acabar con su suplicio. En Baena, se apaleaba sistemáticamente a los presos en el cuartel de la Guardia Civil cuando los trasladaban desde la cárcel para interrogarlos y lo mismo ocurría en el cuartel de la aldea de Albendín, como ya documenté de manera sobrada en mi libro Baena roja y negra.

Entre los papeles de Manuel Cubillo se conserva un acta que demuestra, según las declaraciones de un testigo, que se maltrataba a los presos con la intención de forzar sus declaraciones, sin importar que estas fueran falsas. El 26 de agosto de 1939, el sargento comandante de puesto de la Guardia Civil de Baena, Manuel Ramón Ramón, acompañado del guardia civil Pío Zarco Castillo, interrogó a Manuel Trujillo Priego “Vizco Trampa”, un albañil de 42 años, sobre su participación en la muerte del propietario Antonio Lara Vallejo, de 56 años. Este fue uno de los ocho asesinatos que se cometieron en las calles de Baena en la zona que estuvo controlada por el Comité, formado en su mayoría por anarquistas, que se había creado en el convento de San Francisco entre el 20 y el 28 de julio de 1936.

En su declaración, Manuel Trujillo manifestó que llegaron a su casa, sobre las seis horas del 28 de julio de 1936, unos muchachos de unos 14 o 15 años, que le dijeron que de parte del Comité fuera con ellos al convento de San Francisco. Allí le ordenaron que acompañara, junto a otros, a Joaquín Rojano Montes “Jiedes” para que detuviera a Antonio Lara Vallejo. Según su declaración, el propósito de Joaquín Rojano era “asesinarlo (…) por una cuenta que entre ellos tenían”, aunque él pudo convencerlo en un principio para que no lo hiciera. Sin embargo, al llegar a lo hondo de la Velilla Baja, esquina con la calle La Loca, Joaquín Rojano le disparó a Antonio Lara un tiro mortal en la nuca. Tras la detonación, se congregó mucha gente y el cadáver fue arrastrado con una soga al corralón de Dª Marina Ariza. Allí, juntó unas hierbas y le prendió fuego al cadáver. Tras la toma de Baena por una columna militar franquista el 28 de julio, Manuel Trujillo se puso de parte de los vencedores e ingresó en un batallón de voluntarios en Córdoba durante tres meses en 1936, hasta que se dio de baja y se dedicó a la albañilería para atender las necesidades de su familia.

Junto al acta de declaración de Manuel Trujillo se recoge también la del testigo José Navarro Triguero, un campesino de 25 años, domiciliado en la calle Matías Amo. La declaración se produce ante el juez Manuel Cubillo, que le pregunta “si se afirma y ratifica en las manifestaciones que el día 26 de los corrientes ha hecho contra Manuel Trujillo Priego que obran en el acta de información que antecede y a la que se he dado integra lectura”. José Navarro respondió que no, “porque es completamente incierto cuanto en ellas afirmó y pide permiso al Sr. Juez para poder exponerle con toda claridad lo ocurrido”. Ante el juez, José Navarro manifestó textualmente, según recoge el acta, lo que sigue:

Por estar detenido fue conducido al Cuartel de la Guardia Civil y al preguntarle el domicilio, le preguntaron si había tenido conocimiento de la muerte de D. Antonio Lara Vallejo, contestando que vive en la misma calle que ocurrió el hecho pero bastante más debajo de donde ocurrió y entonces fue interrogado de si había visto quemar el cadáver y ser cierto que este hecho lo había realizado Manuel Trujillo Priego. Allí estaba presente el Manuel Trujillo Priego al que habían maltratado bastante y como me amenazaron con hacerme lo mismo, ante el temor que me inspiraba contesté que sí a todo lo que me preguntaron con el ánimo de decirle la verdad al señor juez cuando fuera preguntado.

Es lo más cierto que yo no vi a dicho individuo en absoluto ni tengo conocimiento de que haya realizado tales hechos pues solo sé lo que sabe todo el mundo que acompañaba al grupo cuando tuvo lugar el asesinato, pero de rumor público se sabe que el que disparó fue el Giedes, no pudiendo ver nada desde mi casa por que (sic) está bastante lejos del lugar del hecho y juro repetidamente que no vi a Manuel Trujillo Priego en el acto que se le imputa.

Lo que en descargo de mi conciencia tengo que exponer y ahora la justicia que obre como tenga por conveniente.

Esto expresó en ello se afirma y ratifica y leida que le fue no la firma, por lo que estampa su huella dactilar del pulgar derecho, y lo hace S. Sª de que yo el secretario doy fe.

Ignoramos el destino de los dos protagonistas de esta historia, pues a ninguno de ellos los tenemos registrado como presos en la cárcel de Baena, a pesar de que según esta documentación oficial sí lo estuvieron. De Manuel Trujillo Priego se conserva sumario de su consejo de guerra, que no he consultado, en el Archivo del Tribunal Militar Territorial II de Sevilla. Se abrieron las diligencias en mayo de 1939 y se cerraron en mayo de 1944, cinco años después, lo que da a entender que fue sentenciado a una pena de varios años de cárcel. A quien acusan del asesinato, Joaquín Rojano Montes “Jiedes”, fue fusilado el 8 de noviembre de 1936 en Baena. Tenía 56 años y era anarquista. De él existe una pequeña ficha en mi libro Baena roja y negra (2ª edición, página 276), en la que se recogen otros testimonios de vecinos que le imputan ser el ejecutor del crimen.

El periódico Redención se fundó en el mismo mes en que acabó la guerra civil: abril de 1939. Era el único periódico de circulación carcelaria, pues los demás estaban prohibidos, por lo que se convirtió en un órgano de propaganda de la “labor patriótica” realizada en las prisiones franquistas y en una herramienta de adoctrinamiento dirigida a presos y familiares. Durante los primeros años de existencia, el semanario publicaba informaciones internacionales, crónicas pronazis y profascistas sobre la II Guerra Mundial­ y colaboraciones periodísticas de los reclusos —a los que se persuadía para que participaran de múltiples formas— en las que se ensalzaba la política penitenciaria del régimen.

Poesía José Peña - copia

Últimos versos de la poesía de José Peña Cabezas.

Entre los papeles de Manuel Cubillo se encuentra una poesía, manuscrita sin fechar por José Peña Cabezas, acompañada de la siguiente nota: “Enterado por nuestro semanario Redención del libro de poesías que va a editar la redacción de dicho semanario, y acogiéndome a las Bases o Reglas, envío estas tres pequeñas composiciones por si tienen cabida en dicho libro, confesando que no soy poeta pero muy amante de la poesía. Perdonen mis faltas”. Es de suponer que si la poesía se hallaba entre los documentos de Manuel Cubillo se debe a que el juzgado paralizó su envío al semanario. José Peña, un campesino anarquista de 35 años, que había sido uno de los directivos del Ateneo Popular de Baena en 1931, permanecía en aquel momento preso en Castro del Río, donde sería fusilado el 10 de abril de 1940. Sus versos tienen escasa relevancia literaria, aunque es obvio que sí tienen valor sentimental e histórico. Nos muestran a una persona religiosa, atormentada y arrepentida de sus ideas, no sabemos si de manera sincera o en un intento de congraciarse con el nuevo Estado franquista para así evitar o aminorar la condena judicial que le podría recaer, algo que no consiguió. Esta es la poesía que intentó publicar:

Mi Confesión y Plegaria

Luchaban noche y día /  mi subsconsciente y consciente

ver cuál de los dos podía / tener razón más potente.

Mas, mi cerebro veía, / que yo era un delincuente,

por la fatal cobardía /  del “qué dirán” de la gente.

Viendo que era un enemigo / mi subconsciente conmigo

¿trucándome? mis sentimientos / pláceme ahora el castigo

a la vez que a Dios bendigo / con mis arrepentimientos.

Mis sentimientos soñaban / que las artes y las flores

con éxtasis admiraban / en los niños sus candores.

(…) papeles seductores / que por mis ojos pasaban

con diferentes colores / poco a poco, me cegaban.

Era joven todavía /cuando esto me ocurría

venciéndome el subconsciente / robándome la alegría,

soporté una elegía / por el ¡decir! de la gente.

Pero tú, mi buen señor, / que sabes de este arcano

porque fuiste el Creador / y del mundo eres el amo.

Perdona a este pecador / que con mi fe de cristiano

implora tu dulce amor / con tu imagen entre sus manos.

Y con tu poder divino / apartarás del camino

esos punzantes abrojos; / que insensibles, los ladinos,

hacen sangrar los destinos / y llorar a almas y ojos.

Aparte de estas tres historias anteriores que hemos seleccionado de la documentación de Manuel Cubillo, existen 14 más, algunas muy breves, que también publicamos a continuación. Se refieren a casos centrados principalmente en Baena, pero también afectan a otras localidades vecinas como Albendín, Luque o Castro del Río. Bastantes quedan fragmentadas e inconclusas, sin saber cuál es su remate. Abarcan una cierta variedad de temas (apropiación de los bienes de los vencidos, denuncias, declaraciones de acusados y testigos, etc.) y se pueden leer en este enlace.

 

4 comentarios en “Documentos de Manuel Cubillo Jiménez, juez de Baena en la posguerra

  1. La verdad, la justicia de la posguerra fue bastante imparcial, para ser una posguerra. Con juicios más o menos irregulares, se aplicó, o se intentó aplicar, justicia.

    Estos juicios hay que enmarcarlos en un contexto de posguerra y en un intento de llevar la normalidad a la vida.

    Como ejemplo de la turbulenta vida de entonces, pongo los juicios sin juez de las checas, los asesinatos ordenados por D. Santiago Carrillo por el mero hecho de no caber en las prisiones, etc.

    La historia hay que entenderla en su contexto y no con los ojos de hoy. Igualmente, hay que entenderla como una continuidad, es decir, no podemos entender el desarrollo de los juicios sin analizar las matanzas previas que los ocasionaron.

    • Lleva usted razón en que cualquier hecho histórico debe verse en su contexto, y precisamente una de las funciones de los historiadores es esa, contextualizar. En esta entrada de mi blog abordo una documentación puntual, la del archivo del juez Manuel Cubillo, pero el tema de cómo se aplicó la justicia en la posguerra en Baena se puede ver en mi libro «Baena roja y negra». Entre los historiadores que han estudiado la represión en la guerra civil hay coincidencia casi general en que la justicia se aplicó de manera irregular en aquellos años, sin garantías para los acusados, sometidos a prisión preventiva y a malos tratos. Algo muy propio de una dictadura. He consultado cientos de consejos de guerra y creo saber de lo que hablo. Aunque esa justicia tratara de castigar conductas criminales previas, hay que tener en cuenta que en muchas ocasiones penaba también las ideologías o las actividades políticas y sociales no coincidentes con las de los vencedores. le voy a poner un ejemplo, pero hay miles en los pueblos de España. En la localidad de Montilla, vecina de Baena, triunfó la sublevación militar el mismo 18 de julio de 1936, con lo que miles de vecinos huyen despavoridos. Cuando vuelven en 1939, 15 son fusilados, al menos 239 acaban presos y un mínimo de 199 sufren otras variedades de represión. Es obvio que la inmensa mayoría de estas personan no habían cometido ningún delito, entre otros motivos porque no habían tenido siquiera oportunidad de hacerlo.
      Los vencedores aplicaron toda su maquinaria represiva contra los vencidos, que fueron juzgados y condenados. Eso es evidente. Sólo los archivos de los juzgados militares de Andalucía almacenan más de 200.000 expedientes de encartados, la mayoría relativos a causas abiertas contra republicanos en guerra y posguerra. En España había 507.000 prisioneros en los campos de concentración en 1939. En las cárceles permanecían encerrados 270.000 presos en 1940, a los que hay que sumar los 90.000 penados en batallones de trabajadores y los 47.000 de los batallones disciplinarios de soldados trabajadores, donde eran sometidos a trabajos forzados. En la posguerra, unas veinte mil personas fueron fusiladas, alrededor de 17.000 murieron por hambres y privaciones en las cárceles, y solo en el trienio 1947-1949, 1.500 paisanos a los que se acusaba de colaborar con la guerrilla murieron por la aplicación de la ley de fugas.
      Mientras los republicanos sufrieron el peso de la justicia, el franquismo se autoamnistió, es decir, perdonó a los suyos por los desmanes o asesinatos que habían cometido antes y durante la guerra, de manera que una Ley de 23 de septiembre de 1939 consideraba “no delictivos” todos los delitos de carácter “político social” (incluidos el homicidio y las lesiones) que hubieran realizado las personas de “ideología coincidente con el Movimiento Nacional” desde la proclamación de la República en 1931.
      Es verdad que los juicios represivos contra los republicanos incoados por los tribunales franquistas aún tienen validez jurídica, pero fíjese lo que han hecho en Alemania, un país con un pasado dictatorial similar a España: en 1998 el Parlamento anuló las sentencias de carácter político dictadas por los tribunales nazis al considerarlas contrarias a los más elementales principios de Justicia.
      Respecto al asunto de Santiago Carrillo, está demostrada históricamente su responsabilidad como consejero de Orden Público (junto a la de otros, de los que nos olvidamos con frecuencia) en los crímenes de Paracuellos en noviembre de 1936, que fue la mayor atrocidad represiva cometida en la España republicana. De eso no hay duda.Y su empecinamiento en no reconocerlo lo descalifica moralmente. Pero piense que si nos sentimos horrorizados por esta matanza de 2.500 personas en una ciudad que entonces tenía más de un millón de habitantes, cómo nos tendríamos que sentir con lo ocurrido en Baena, donde la represión franquista se llevó por delante la vida de al menos 445 personas en una ciudad que no alcanzaba los 25.000 habitantes.
      La represión franquista y la republicana durante la guerra civil no fueron iguales, en eso coinciden también la mayoría de los historiadores. Mientras en la zona franquista la violencia fue programada con antelación y alentada desde los mismos centros del poder como una política de Estado, en la zona republicana la represión no surgió de manera planificada, sino que fue consecuencia en gran medida del hundimiento del Estado y fue protagonizada por grupos de exaltados en medio del clima de descontrol del orden público que se vivió en los primeros meses de la contienda. Además, en la zona republicana muchas autoridades se esforzaron por impedir los asesinatos, una circunstancia que no se dio en la España franquista. Esto explica en parte que el número de víctimas mortales de la represión fuera muy distinto en las dos zonas. En este momento hay contabilizadas en España 130.199 víctimas republicanas frente a 49.272 franquistas, de acuerdo con un reciente estudio global del historiador Francisco Espinosa Maestre.

  2. A mi tío Manuel Galisteo Quesada, también se lo llevaron preso mi madre decía que estuvieron tres años

    Y mi primo me contó que se libró del disparo, porque era uno, dos y el de tres se salvó que era mi tío
    Somos de Baena

    Saludos

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