La actuación de los tribunales militares en Jauja en la posguerra

En una anterior entrada del blog abordamos la represión sufrida en la aldea lucentina de Jauja durante la Guerra Civil. En ella contábamos que cuando se produjo el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 la Guardia Civil del pueblo se concentró en Lucena. A los dos días, se creó una Comisión (a la que las autoridades franquistas denominaron Comité Revolucionario o Marxista), formada en su mayoría por miembros de la UGT y el PSOE, que se mantuvo fiel a la República y evitó los asesinatos, las detenciones y la violencia. Solo se produjo la recogida de trigo y aceite de tres cortijos para poder abastecer a las panaderías del pueblo y la incautación de las armas de algunos vecinos. El día 11 de agosto una columna del comandante Castejón tomó la localidad sevillana de Badolatosa, situada a solo un kilómetro de Jauja, y el estruendo de los disparos fue aterrador. El miedo se apoderó de la población y casi todo el mundo huyó al campo. El 13 de agosto tropas llegadas desde Lucena ocuparon la aldea, que estaba ya casi despoblada. A pesar de no haber existido una violencia previa por parte de los republicanos, se inició una ola de fusilamientos que se llevó por delante la vida de al menos 21 vecinos del alrededor de mil que vivían en la localidad. Muchos de los que escaparon para evitar la represión ya no volverían a sus hogares hasta finalizar la contienda el primero de abril de 1939.

Los huidos de Jauja tuvieron una trayectoria muy similar durante su estancia en la zona republicana. Los que se dirigieron al sur, a la provincia de Málaga, sufrieron en sus carnes a partir del 7 de febrero de 1937 la terrible desbandada de entre cien mil y ciento cincuenta mil personas desde esta ciudad hacia Almería. Se produjo por la carretera de la costa ante la ocupación de la ciudad por las tropas italianas aliadas de los franquistas. La odisea duró varios días y los bombardeos por mar y aire contra la columna de refugiados ocasionó entre tres mil y cinco mil muertos. Los que huyeron al norte, hacia Espejo, no lo tuvieron mejor. Tras la conquista del pueblo en septiembre de 1936, llegaron a Bujalance, que cayó en diciembre, y de ahí se encaminaron a la provincia de Jaén. Muchos se establecieron en Martos, donde vivieron en una gran casa situada en el número 23 de la calle Dolores Torres, habilitada para acoger a los refugiados. Durante los tres años de guerra los varones jaujeños huidos que estaban en edad militar fueron movilizados por el Ejército republicano y otros se alistaron voluntarios en sus filas.

Sello de la Falange de Jauja en 1939.

En el Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla se conservan los sumarios de los consejos de guerra que afectaron a algunos jaujeños en la posguerra, lo que nos ha permitido reconstruir qué ocurrió en la aldea en julio y agosto de 1936 y cómo se aplicó allí la justicia militar, tras la victoria de Franco, a los que habían escapado. Al acabar el conflicto bélico, los refugiados y los soldados y oficiales que habían servido en el Ejército republicano debían volver a sus localidades de origen y presentarse en las comandancias militares, en los ayuntamientos o en los cuarteles de la Guardia Civil. Aquí, cumpliendo las instrucciones del Cuartel General del Ejército del Sur, a cada retornado se le elaboraba una ficha clasificatoria en la que constaba de manera pormenorizada su identidad y su actuación política y social desde el 6 de octubre de 1934: localidades donde había residido, servicios prestados en el Ejército republicano y con qué graduación y en qué unidades, su militancia política y los cargos directivos que había ocupado en partidos y sindicatos, a quién había votado en las elecciones del 16 de febrero de 1936 y si había sido apoderado o interventor de algún partido, participación en delitos o hechos criminales o si conocían a alguien que los hubiera cometido, bienes que poseía, los nombres de las personas que podían responder de su actuación antes y después de la guerra, los documentos que presentaba si volvía de un campo de concentración y alguna otra información relevante.

Aparte de la ficha clasificatoria, la Guardia Civil elaboraba un atestado con el interrogatorio al que sometía al vecino retornado y además redactaba un informe sobre él. Ambos los firmaba el guardia segundo Andrés Luna Gómez, que ejercía también de comandante de puesto del cuartel. Esta documentación, junto a los informes preceptivos aportados por la alcaldía y el jefe local de la Falange (J. Santaella), más alguna otra diligencia, se enviaban a la Auditoría de Guerra de Córdoba, que era la que decidía el comienzo de un procedimiento sumarísimo de urgencia. En caso de que se iniciara, la Auditoría remitía la documentación al abogado Manuel González Aguilar, residente en Lucena y oficial honorario del Cuerpo Jurídico Militar, que actuaba de juez instructor, ayudado por el secretario y falangista Antonio Roldán Maíllo. Tras el proceso de instrucción, el juez debía considerar si los hechos eran constitutivos de algún delito según el código de Justicia Militar y el bando que declaró el estado de guerra en julio de 1936. En caso de que así fuera, se nombraba el tribunal militar correspondiente y se fechaba la vista del consejo de guerra.

Casi todos los jaujeños sometidos a consejo de guerra acabaron juzgados el 12 de abril de 1940 en Lucena por el mismo tribunal. Estaba compuesto por el presidente, el coronel Ricardo Rivas Vilaró; los vocales capitanes Clemente Heras de Francisco, Pedro Fernández Ayllón y Antonio Pérez Gay; el fiscal Luis Mendieta Muñoz; el defensor Antonio Cruz; el relator Rodrigo Rodríguez Márquez y el ponente y aristócrata José Ramón de la Lastra y Hoces. Era el típico tribunal militar politizado que actuó en la posguerra, integrado por un presidente y unos vocales sin formación en Derecho. Sus miembros llegaron a Lucena para la ocasión, emitieron las sentencias en pocas horas, sin tiempo real para analizar detenidamente las causas, y se marcharon nada más terminar su cometido. Todo el proceso judicial se realizaba sin las debidas garantías para los acusados, que permanecían en prisión durante meses, sin la asistencia de un abogado defensor, hasta que se celebraba la vista. A pesar de ello, la actuación de este tribunal resultó en general benevolente y los acusados se salvaron de ser condenados a penas de cárcel, algo que no ocurrió en otros muchos lugares donde se juzgaron hechos similares.

Todos los procesados que aparecen en esta historia habían sido militantes o dirigentes de la UGT y el PSOE. Al volver a Jauja en 1939 sufrieron palizas y malos tratos en el cuartel de la Guardia Civil, algo que varios de ellos reflejaron en sus declaraciones ante el juez instructor y que ya me contaron algunas de las personas a las que entrevisté, en febrero de 1997, para recabar información sobre lo sucedido en el pueblo durante la guerra y la posguerra. Aparte de las declaraciones de los inculpados y de los informes emitidos por la alcaldía, la Guardia Civil y el jefe local de la Falange, en los que por sistema se calificaba a los procesados como “elementos destacados”, “peligrosos”, “provocadores”, etc., también aparecen en los sumarios las declaraciones de algunos testigos y la del sacerdote de la parroquia, Ildefonso Villanueva Escribano, de 40 años y natural de Hinojosa del Duque. Este religioso había formado parte de una comisión creada en Jauja para negociar la entrada de las tropas de Lucena y rogar que se respetaran las vidas de los vecinos, pero no obtuvo una respuesta positiva. La declaración del sacerdote es invariable en todos los sumarios, pues es una copia de la que realizó en el juzgado de Lucena el 16 de agosto de 1939, y manifestaba lo siguiente:

Que durante el dominio marxista de Jauja, permaneció el que declara en dicha Aldea como párroco que es de la Iglesia de la repetida aldea. Que por nadie fue molestado durante dichos días no sufriendo tampoco ningún daño la Iglesia y que únicamente en una ocasión le advirtieron que a fin de evitar cualquier reacción convendría que no tocase a misa aunque dentro de la Iglesia hiciera lo que quisiera.

Que aunque él en aquellos momentos no pudo comprobarlo ha oído decir después a muchas personas que le merecen entero crédito que de Puente Genil y Málaga llegaron milicianos con ánimo de saquear y que preguntaron por el sacerdote negando los dirigentes de Jauja que se encontrase allí y disuadiéndolos del saqueo y oponiéndose al mismo que como dato curioso hace constar que estando un niño pequeño en la fuente llegaron hasta él unos milicianos preguntando por el cura respondiéndole el niño que allí no había cura.

Que desde luego todos los encartados de la aldea de Jauja eran de tendencias izquierdistas y que durante la época republicana los dirigentes de la aldea ordenaron retirar las cruces que en aquella había las cuales echaron al río y que asimismo se oponían a la celebración de matrimonios canónicos, pero que durante el dominio marxista su actuación y actitud fueron las que deja dichas y que desconoce la forma como hayan actuado después de marcharse de Jauja a raíz de la liberación.

La única violencia reseñable durante la guerra en Jauja fue cometida por los franquistas y no por los republicanos. Sin embargo, esta circunstancia no libró a estos de las torturas, la cárcel y los consejos de guerra al acabar la contienda. Prueba de ello es que el 24 de mayo de 1940 el comandante militar de Lucena ordenó el ingreso en la cárcel municipal lucentina, para ponerlos a disposición del juez instructor, de once vecinos: Francisco Sánchez León, el antiguo concejal socialista José Sánchez García “Rallao”, Fernando Gómez Carrasco, Antonio Cabello Carrasco, Juan Antonio Maíllo Romero, Juan Cobacho Cañete, Antonio Fuillerat Carrasco “Galo”, Rafael Torres González, Francisco Cañete Ruiz, Antonio García Carrasco y Francisco Jiménez Muñoz. De la mayoría de ellos, y de alguno que ingresó con posterioridad en la cárcel lucentina, haremos una breve reseña en las páginas siguientes. Aunque son historias individuales, nos dan una idea aproximada de los avatares que sufrieron también otros vecinos del pueblo que huyeron en 1936 y de los que no hemos conseguido obtener información por el momento.

Ficha clasificatoria de Antonio Cabello Carrasco.

El bracero Antonio Cabello Carrasco había sido alcalde pedáneo de Jauja entre 1931 y 1933 y vocal en 1936 de la junta directiva de la UGT. El 24 de mayo de 1939, próximo a cumplir los 50 años, ingresó en la prisión de Lucena. Estaba casado con Águeda Romero Gómez y tenía tres hijos. El atestado de la Guardia Civil lo acusaba de haber pertenecido a la Comisión que ordenó requisas en varios cortijos: 80 fanegas de trigo, por las que entregaron un vale, del caserío Mora, propiedad de los marqueses de las Torres de Orán (Manuel Fernández de Prada); 50 fanegas de trigo del cortijo El Canónigo, propiedad de la familia Matillas; y 60 arrobas de aceite de la casería propiedad del conde de Guadiana. Cuando el 5 de junio de 1939 el juez instructor interrogó a Antonio Cabello en Lucena y le preguntó si se ratificaba en la declaración que tenía prestada ante la Guardia Civil con anterioridad dijo que no, ya que “cuando le leyó el comandante de puesto lo que había escrito le dijo el que habla que eso no era lo que él había declarado y por temor a ser castigado como lo había sido el día anterior, tuvo que firmarlo”. Reconoció que “perteneció a la junta de hombres que se formó en Jauja para conseguir el orden y el respeto y que allí no ocurriera nada”. Indicó que esa junta ordenó recoger algunos productos, pero con intención de pagarlos, algo a lo que no dio tiempo por las circunstancias bélicas. El día 11 de agosto de 1936 huyó de Jauja, “temiendo al tiroteo de las fuerzas que entraban en Badolatosa”, hacia Villanueva de la Encarnación (creemos que es un error de transcripción y el pueblo es Villanueva de la Concepción, una localidad malagueña), donde estuvo 20 o 25 días. Pasó luego por Málaga, Almería, Murcia y Toledo. En esta última provincia trabajó en la vía de ferrocarril de Villacañas a Madrid y le sorprendió el fin de la contienda en Lillo. En el sumario del consejo de guerra se recogió la declaración del testigo Rafael Santaella Rodríguez, un bracero de 33 años, que dijo que lo vio armado en la carretera a la salida del pueblo, pero que “que como no hubo en Jauja detenciones, robos, ni asesinatos [el acusado] no tomó parte en dicha clase de actos”. En el juicio, celebrado el 12 de abril de 1940, fue absuelto (una petición que habían solicitado tanto el fiscal como el defensor) y ese mismo día salió en libertad, tras once meses de presidio.

Portada del sumario de Antonio García Carrasco.

Antonio García Carrasco, de 42 años, militante de la UGT, ingresó el 24 de mayo de 1939 en la cárcel de Lucena. Se le acusó de que el 21 de julio de 1936, en unión de otros vecinos armados con escopetas, le exigieron a Antonio Gómez García la entrega de una pistola. También se le imputó haber ocupado cargos en la directiva del PSOE y pertenecer al “comité marxista”. En su declaración ante el juez instructor, quiso “hacer constar que ha declarado ante la Guardia Civil de Jauja pero que la declaración la firmó porque habiéndole pegado los guardias temía que de negarse a firmar le volvieran a pegar”. Para justificar su actuación ante las acusaciones, Antonio García manifestó que en los dos primeros días tras el 18 de julio de 1936 los obreros comenzaron a recoger armas por su cuenta y que “para poner orden se formó una comisión de la que formó parte el declarante que consiguió que en Jauja no se cometieran asesinatos, ni robos ni ningún desmán”. Prueba de ello es que evitaron que un camión de milicianos que llegó de Málaga apresara al cura diciéndole que no estaba en la aldea, e impidieron que incendiaran la iglesia, asaltaran el cuartel de la Guardia Civil y la casa de Juan Vidal. En cuanto a la acusación de que había exigido a Antonio Gómez García que le entregara una pistola, alegó que solo había intervenido para evitar que nada ocurriera en una discusión que este tenía con otra persona, algo que fue confirmado por el propio afectado cuando declaró como testigo el 16 de agosto de 1939.

Cuando las tropas militares sublevadas tomaron Badolatosa, Antonio García Carrasco se marchó al monte porque al haber sido miembro de la Comisión temía ser detenido. A primeros de septiembre se dirigió a Espejo y después a Montoro. Luego pasó a la ciudad de Jaén y a Martos, donde trabajó en una fábrica de aceite y construyendo trincheras. Allí se apuntó voluntario en las filas del Ejército republicano y sirvió como soldado en campos y cuarteles de aviación de Baeza, Linares y Guadix, donde le sorprendió el fin de la guerra en la aldea de Alcudia.

Aunque el juez instructor en su auto resumen consideró que las actuaciones de Antonio García debieran ser sancionadas, la Auditoría de Guerra de Córdoba estableció el 19 de enero de 1940 que no estaba acreditada la comisión de hechos delictivos, así que acordó el sobreseimiento de la causa. No obstante, señaló que “en vista de los antecedentes izquierdistas y de los servicios prestados por el inculpado durante la rebelión” era pertinente acordar su ingreso en un batallón de trabajadores en Rota durante doce meses. Como el traslado no se producía, el 11 de marzo Antonio García realizó un escrito al juez de Batallones de Trabajadores de Córdoba, Jaén y provincias respectivas en el que especificaba que se hallaba detenido desde el 24 de mayo de 1939, “ausente de su casa y familiares, y en la indigencia estos”, por lo que rogaba se le concediera “un respiro de libertad” para poder atender con “un trabajo laborioso a las necesidades extremadamente perentorias del que suscribe y familiares”, ya que tenía esposa, Guadalupe Cobacho Arjona, y dos hijos a los que mantener. El 16 de marzo, cuatro días después de presentar la solicitud, se le concedió la libertad condicional junto a Manuel Cobacho Osuna, Rafael Torres González y Antonio García Serrano. Antonio García Carrasco tuvo la fortuna de que nunca llegó a entrar en el batallón de trabajadores, un lugar donde los internos eran sometidos a trabajos forzados, ya que estos recintos quedaron disueltos en 1940 y se suspendió el ingreso de los que estaban pendientes de internamiento.

Ficha clasificatoria de Rafael Torres González

El caso del presidente de la Agrupación Socialista de Jauja y miembro de la UGT, Rafael Torres González, campesino de 46 años, a quien le sorprendió el fin de la guerra en Alicante, es muy similar al anterior en la resolución judicial. Se le acusaba de haber amenazado al propietario José Santaella García “El Cota”, de 61 años, quien luego ejercería de primer alcalde franquista de Jauja en 1936, diciéndole que lo mataría si decidía salir del pueblo, una imputación que como veremos sería desmentida por el propio afectado. En su declaración ante el juez, el 12 de octubre de 1939, José Santaella manifestó que durante la “dominación marxista estuvo en su domicilio particular en concepto de detenido no porque hubiera recibido una orden expresa para ello sino porque de rumor público sabía que los dirigentes no querían que saliese de su casa y que de hacerlo igual hubiera corrido peligro (…) pero cree que en su actuación no influyó ni por consiguiente fue responsable Rafael Torres González”. El 4 de enero de 1940 se sobreseyeron las actuaciones judiciales pero la Auditoría de Guerra de Córdoba acordó su ingreso en un batallón de trabajadores durante seis meses “habida cuenta de los antecedentes izquierdistas y de los servicios prestados por el individuo durante la rebelión”. Como ocurrió en el caso antes señalado de Antonio García Carrasco, el 11 de marzo Rafael Torres envió un escrito al juez de Batallones de Trabajadores, rogando que se le concediera la libertad condicional con la finalidad de poder mantener a su mujer, María Osuna Maireles, y sus cuatro hijos, una petición que se aprobó cuatro días después. El 16 de abril la Jefatura de Batallones de Trabajadores propuso su libertad definitiva, ya que la edad tope para el ingreso era de 45 años y él tenía 47.

Ficha clasificatoria de Juan Antonio Maíllo Romero.

El agricultor Juan Antonio Maíllo Romero, de 39 años, era secretario de la UGT de Jauja desde abril de 1936. Al ocupar las tropas militares Badolatosa se salió del pueblo, “como hicieron todos”, y se escondió en la Solana, desde donde a través de Juan Gómez Torres le mandó un recado a su tío, Manuel Maíllo Osuna, preguntándole si regresaba. Este le recomendó que no lo hiciera, pues su vida podría correr peligro. Se fue a Bujalance y después a Martos. Ingresó como voluntario en el Ejército republicano el 16 de mayo de 1937 y sirvió durante toda la guerra en la Jefatura de Sanidad Militar de Carabineros de Madrid. Desde el 31 de agosto de 1938 estuvo destinado en Colmenar de Oreja, hasta que al acabar la contienda quedó internado en el campo de concentración de Tielmes de Tajuña. Ingresó en la cárcel de Lucena el 3 de junio de 1939. En la fase de instrucción de su causa judicial intervinieron como testigos los braceros Alfonso Gómez Torres, que lo calificó de “buena persona”, y José Conde Ramírez, que aunque no lo conocía señaló que no podía ser responsable de ningún delito ya que en Jauja no se cometieron “detenciones ni asesinatos”. La vista del juicio se celebró el 12 de abril de 1940 en Lucena y el tribunal decidió su absolución, que era lo solicitado por el fiscal y el defensor, así que fue puesto inmediatamente en libertad.

Ficha clasificatoria de Juan Cobacho Cañete.

Al igual que Juan Antonio Maíllo Romero, el agricultor Juan Cobacho Cañete, de 35 años, había sido secretario y contador de la UGT en Jauja y también fue procesado en posguerra. Se le acusó de haber hecho guardias a las órdenes del Comité y de “recoger armas a las personas de orden” en julio de 1936. En el interrogatorio a que lo sometió el juez instructor el 6 de junio de 1939 declaró que durante el dominio republicano de la aldea, aunque llevaba una “pistolilla”, “no hizo guardias sino que con otros elementos hacían el paripé de que Jauja estaba tomada por los obreros a fin de que los coches que pasaban de Málaga y Antequera no entrasen ni cometieran atropellos”. Tras la toma de Badolatosa, “se salió de Jauja hasta ver qué pasaba” y se escondió en unos montes. Añadió que tomó esa determinación porque había ido una comisión de Jauja a Lucena a comunicar a las autoridades que estaban “dispuestos a aceptar el régimen” a cambio de que se respetaran las vidas de los vecinos y “no les dieron muchas seguridades”. Además, indicó que “los huidos de Puente Genil y Herrera [localidades tomadas por los militares sublevados el 1 de agosto y el 31 de julio de 1936] contaban que los moros venían haciendo muchas cosas”, así que decidió marcharse a la localidad de Villanueva de Algaidas, luego a Málaga, Almería y Baeza, donde se alistó como voluntario en el batallón Pablo Iglesias, que luego se encuadraría en la 25 Brigada Mixta. Él sirvió como cabo de milicias en los batallones 97 y 100, y permaneció en el frente cordobés de Pozoblanco durante toda la guerra. Al finalizar, se presentó a las tropas vencedoras en Villanueva de Córdoba y lo internaron en el campo de concentración de Castuera (Badajoz), uno de los más duros de la España franquista. Salió de allí en libertad condicional el 12 de mayo de 1939 con la obligación de presentarse en la comandancia militar o en la alcaldía de Jauja, a donde llegó el día 17. El 3 de junio ingresó en la cárcel de Lucena. En el proceso judicial, se recogen las declaraciones de dos testigos, Alfonso Gómez Torres y José Conde Ramírez que certifican su “buena conducta” mientras vivió en la aldea. El 18 de noviembre de 1939 el Consejo de Guerra Permanente de Urgencia de Córdoba acordó el sobreseimiento de la causa, lo que fue aprobado por el auditor. Esto permitió a Juan Cobacho salir en libertad el 25 de enero de 1940.

Ficha clasificatoria de Fernando Gómez Carrasco.

El agricultor Fernando Gómez Carrasco, se apodaba “Berdolaga” según la documentación que hemos consultado. Tenía 34 años en 1939 y había sido tesorero de la UGT entre febrero y mayo de 1936. Cuando fue procesado en posguerra, declaró ante el juez que hizo guardias con una escopeta y que el 11 de agosto de 1936, al producirse la toma de Badolatosa, se salió de Jauja “como hizo todo el pueblo y que después no se atrevió a regresar por si le hacían algo”. Se refugió en El Chorro (una aldea perteneciente a Álora, en la provincia de Málaga) y luego en Martos. Trabajó en la estación hasta que en mayo de 1937 movilizaron a su quinta y sirvió como soldado en el 302 batallón de la 76 Brigada en el frente de Alcaudete, donde le sorprendió el fin de la guerra. Ingresó en la prisión de Lucena el 3 de junio de 1939. El propietario Francisco Fuillerat Carrasco, de 46 años, certificó como testigo su “buena conducta” en el sumario judicial. El 4 de enero de 1940, la Auditoría de Guerra de Córdoba dictaminó que “no estando acreditada la comisión de hechos delictivos [por el acusado] se sobreseen las actuaciones y por sus antecedentes izquierdistas y servicios prestados es pertinente acordar su ingreso en un batallón de trabajadores durante 12 meses”. El 29 de marzo se decretó su puesta en libertad y el 17 de abril salió de la cárcel. Al igual que en otros casos citados con anterioridad, Fernando Gómez no llegó a ingresar en el batallón de trabajadores debido a la disolución de estas unidades de internamiento, ya que fueron sustituidas por los batallones disciplinarios de soldados trabajadores, donde se destinaba a los jóvenes que habían realizado el servicio militar durante la guerra en el Ejército republicano.

Ficha clasificatoria de Francisco Sánchez León.

El vocal de la junta directiva de la Agrupación Socialista de Jauja y militante de la UGT, Francisco Sánchez León, apodado “Veintiuno”, entró el 24 de mayo de 1936 en la cárcel de Lucena. Se le acusaba de haber ordenado la requisa de trigo y aceite de los tres cortijos que ya hemos citado con anterioridad. Cuando el juez instructor lo interrogó el 6 de junio de 1939 no se ratificó en las declaraciones que había prestado ante la Guardia Civil. Manifestó que él no se consideraba “responsable de los hechos que en la citada declaración constan, pero que la firmó porque había que firmar lo que el comandante de puesto quería”. Respecto a su actuación en las jornadas en que Jauja permaneció fiel a la República, especificó que “pasados dos o tres días de estallar el Movimiento, estando el pueblo de Jauja alborotado, se formó una comisión de hombres viejos para que velaran por el orden y no se cometieran atropellos y que la comisión acordó ir al cortijo mencionado [Caserío Mora] para comprar 80 fanegas de trigo siendo el declarante autorizado para ir con el camión”. Antes de llegar, con la finalidad de que no se asustaran, habló con el administrador del marqués. Le expuso “que iba a comprar ochenta fanegas de trigo y que se las pagaría cuando las fuerzas de Lucena se hicieran cargo de Jauja”, pues se iban a destinar para el pueblo. Añadió que ese trigo se había entregado a las panaderías sin que él ni nadie se aprovechara de él, y que sabía que fueron a por aceite y trigo a otros cortijos “con la intención de ser pagado”.

Francisco Sánchez permaneció en Jauja hasta el día 11 de agosto de 1936, junto a su mujer Dolores Romero Moreno y sus seis hijos. Según su declaración, “por la mañana una comisión formada por el padre cura [el párroco Ildefonso Villanueva Escribano] y Fernando Gómez vinieron a Lucena con un documento para decir que fueran allí las fuerzas a hacerse cargo de aquello”. Sin embargo, “por la tarde se presentaron otras fuerzas por el lado de Badolatosa, por lo que todo el mundo se salió, tanto los obreros como los patronos”. Él permaneció “once días en el campo dispuesto a entrar en Jauja de un día para otro, pero como vio que algunos de los que se presentaban se perdían” tuvo miedo y se marchó a Espejo, donde residió 12 días. Luego se refugió en Bujalance, que cayó en manos franquistas el 20 de diciembre de 1936, y en Martos. La actuación de Francisco Sánchez en Jauja vino avalada por el propietario Rafael López Ramos, de 32 años, que certificó que no se habían cometido saqueos ni asesinatos en la aldea. También testificó a favor de él Miguel Castillo Peinado, dueño del cortijo La Aguja de Martos, con el que había trabajado allí. Miguel Castillo concretó que Francisco Sánchez había residido antes en Chinchilla (Albacete) y que le había dicho que le “pesaba haberse venido de Jauja”, pero que lo había hecho “por temor a que lo castigaran los nacionales”. El consejo de guerra contra Francisco Sánchez se celebró el 12 de abril de 1940 y el tribunal falló su absolución, solicitada también por el fiscal y el defensor.

El guardia municipal y militante de la UGT Manuel Cobacho Osuna “Manolón”, de 32 años, era hermano de Antonio, el primer alcalde republicano de Jauja en 1931. Según su declaración en el sumario del consejo de guerra, tras el 18 de julio de 1936 estuvo trabajando en la siega de la cebada de unas tierras arrendadas. Durante dos días prestó servicios en el Canal y “tenían por misión evitar que en Jauja ocurriera nada como en efecto lo consiguieron, pues allí no hubo ningún asesinato ni detención alguna ni saqueos, teniendo para ello que luchar bastante y oponerse a los individuos que de Málaga llegaban allí para marchar a Puente Genil, teniendo en uno de los casos que ocultar el que declara la presencia del sacerdote pues unos milicianos de Málaga pretendían llevárselo y el que declara negó repetidamente que dicho señor se encontrase en la aldea como en efecto se encontraba”. El día 11 de agosto se marchó a las Huertas Nuevas, que tenía arrendadas la familia, y el día 13, “motivado por las versiones que los que iban huyendo les contaban al pasar por la huerta” de lo que hacían las “fuerzas nacionales” huyó a la aldea de El Chorro, donde trabajó vendiendo vino. En Jauja quedaron su mujer Concepción Osuna Quesada y sus dos hijos.

En febrero de 1937 Manuel Cobacho llegó a Martos, y cuando en mayo de 1938 movilizaron su quinta se integró en un batallón en Valencia y prestó servicios en retaguardia en las localidades de Banifairó de los Valles y en Utiel. Al finalizar la guerra, lo recluyeron en el campo de concentración de Manzanares (Ciudad Real). Sobre la conducta de Manuel Cobacho, en la fase de instrucción del sumario se recogieron los testimonios de varios vecinos. El industrial Antonio Fernández Romero, el bracero José María Gómez García, el propietario Adriano Hidalgo Bergillos y Rafael Santaella Rodríguez insistieron en que en Jauja “no hubo detenciones de personas ni asesinatos” y únicamente refirieron haberlo visto con miembros del Comité. Solo Francisco Chacón Santaella afirmó que se presentó en su casa con el uniforme de municipal, “acompañado de otros individuos también armados, obligándole a entregar una escopeta y un revólver que tenía”.

El consejo de guerra de Manuel Cobacho se celebró en Lucena el 25 de agosto de 1939 y los miembros del tribunal, salvo los vocales, eran distintos a los de otros juicios que afectaron a vecinos de Jauja. El presidente era el coronel de la Guardia Civil Evaristo Peñalver Romo, el ponente Marcial Zurera Romero (natural de Aguilar de la Frontera), el defensor Antonio Torres Trigueros y el fiscal José Ramón de la Lastra y Hoces. Este último era marqués de Albudeyte y de Ugena de la Lastra, un abogado y terrateniente famoso por las duras condenas que exigía en los consejos de guerra, quien solicitó cadena perpetua para el acusado frente a la petición de absolución del defensor. El 4 de enero de 1940 la Auditoria de Guerra, al considerar que Manuel Cobacho no había cometido hechos delictivos, decretó el sobreseimiento provisional de las actuaciones y acordó su ingreso en un batallón de trabajadores durante doce meses, una pena que no cumplió por los motivos que ya hemos expuesto en casos similares.

 El tesorero de la UGT de 1931 a 1934, el bracero Francisco Cañete Ruiz, de 36 años, huyó de Jauja el día 11 de agosto de 1936. Pasó por Espejo, Bujalance y Martos, y terminó enrolado de voluntario en el Ejército de la República. Mientras estuvo fuera de Jauja, su familia sufrió un pequeño calvario, que conocemos gracias al testimonio que me aportó en octubre de 2007 y en junio de 2021 su sobrino Rafael Cañete Fuillerat. Al hermano pequeño de Francisco, Juan Antonio (padre de nuestro informante), de 18 años, la Guardia Civil lo detuvo y lo amenazó varias veces con matarlo si no decía dónde se encontraba su hermano mayor. Incluso lo subieron en un coche para llevarlo a fusilar, pero un terrateniente falangista del pueblo, Francisco Palanca La Chica, con el que su padre había trabajado de manijero, lo salvó en última instancia. En el vehículo iba también un primo de Juan Antonio, ¿José? Ruiz “La Cuchibacha”, de unos 30 años y con varios hijos, al que mataron en Lucena. El 5 de noviembre fusilaron a la madre de Francisco, Rosalía Ruiz Cobacho “La del Fraile”, de 62 años, socialista como él, posiblemente en venganza por su huida. Juan Antonio, el hermano de Francisco, fue movilizado después por el Ejército franquista y luchó un año en el frente de Teruel (otro hermano, el anarquista Manuel, se encontraba combatiendo obligado también en las mismas filas). Tras una convalecencia en un hospital de Vigo decidió desertar y regresó a Jauja, un delito que estaba castigado con la pena de muerte. Su padre le aconsejó que se presentara de nuevo en su unidad militar y se libró de un juicio sumarísimo gracias a la intervención de un teniente legionario, aunque lo destinaron a operaciones de vanguardia hasta el fin de la guerra. Por otro lado, tras la vuelta de Francisco Cañete Ruiz a Jauja, se le acusó de haber pertenecido al Comité que se había constituido en la aldea y de haber requisado trigo y aceite en los tres cortijos ya conocidos, pero el 12 de abril de 1940 un tribunal en consejo de guerra dictó su absolución. Ese mismo día salió en libertad.

Ultimamos nuestro recorrido por la represión en posguerra con Antonio Fuillerat Carrasco “Galo”, un bracero de 37 años, que había sido presidente de la UGT y secretario del PSOE de Jauja. Cuando huyó, residió en Málaga, Almería, Murcia, Villarrobledo (Albacete) y Martos, hasta que se enroló voluntario en el Ejército republicano y luchó en el frente de Levante. Al acabar la contienda, lo internaron en el campo de concentración de Manzanares (Ciudad Real), de donde salió hacia Jauja el 12 de abril de 1939. En el consejo de guerra se le imputó haber pertenecido al Comité y haber amenazado de muerte al propietario Antonio Gómez García, algo que este negó con posterioridad. En el sumario judicial aparece la declaración del testigo Fernando Gómez Maireles, que afirmó que “durante la dominación marxista en la aldea de Jauja los dirigentes no se portaron mal” y que Antonio Fuillerat, José Sánchez García “Rallao” (antiguo concejal socialista) y Francisco Sánchez León “Veintiuno” habían intervenido para “echar a los milicianos de Málaga”. El 14 de octubre de 1939 Antonio Fuillerat quedó en libertad. En esta ocasión, por fortuna, hemos podido contar con un testimonio familiar de la misma persona que en el caso anterior, su nieto Rafael Cañete Fuillerat, que nos ha servido para completar su trayectoria vital a partir de aquel momento:

Tras salir de la cárcel, a mi abuelo los falangistas del pueblo le daban palizas por cualquier motivo, sobre todo cuando se emborrachaban, generalmente con la excusa de que tenía una máquina de escribir escondida en algún sitio. Debilitado por las palizas, los sinsabores y una enfermedad que pilló en la recogida del arroz, murió muy joven, a los 41 años. Su mujer, mi abuela, Isabel Gómez López, pasó varios días encerrada en el cuartel de la Guardia Civil, los falangistas la amenazaron con matarla y, finalmente, ‘solo’ la raparon al cero.

 

Información adicional: Antonio Velázquez Mateo, guardia civil en Jauja en 1936-1937. 

Antonio Velázquez Mateo, guardia civil en Jauja en 1936-1937

Una de las primeras medidas que tomaron los militares que apoyaron el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 fue la emisión de un bando de guerra en el que imponían el código de justicia militar, el toque de queda, la prohibición de actividades políticas y sindicales y otras medidas de orden público y de control de la población que rompían con la legalidad constitucional vigente. El bando de guerra suponía que los militares se convertían en la máxima autoridad en el territorio que controlaban, lo que les permitía también destituir autoridades civiles (alcaldes, concejales, gobernadores, etc.) y nombrar otras nuevas que las sustituyeran. Todos estos actos de fuerza eran ilegales, ya que el artículo 42 de la Constitución de 1931 y el capítulo IV de la ley de Orden Público de 28 de julio de 1933 otorgaban con carácter exclusivo a la autoridad civil la declaración de los estados de excepción y prohibían cualquier suspensión de las garantías constitucionales no decretada por el gobierno de España.

El golpe de Estado del 18 de julio de 1936 se llevaba preparando desde hacía tiempo. El 25 de mayo, dos meses antes de ejecutarse, el “director” de la conspiración, el general Emilio Mola Vidal, ya había advertido por escrito a los demás implicados que la acción debía ser en “extremo violenta” y de que tendrían que aplicar “castigos ejemplares”, y las mismas llamadas a la violencia encontramos en los bandos de guerra y en los decretos emitidos por los mandos sublevados del Ejército desde el 18 de julio. En un número importante de pueblos de España la única representación militar era la Guardia Civil, de manera que en los primeros meses de la contienda los comandantes de puesto de sus cuarteles disponían de un nivel de autonomía muy amplio a la hora de ejecutar las instrucciones represivas y poseían la máxima autoridad en materia de orden público, sin tener que dar cuentas a nadie o a casi nadie.

Muchos cuarteles de la Guardia Civil se convirtieron entonces en centros de detención y tortura, donde se decidía sobre la vida y la muerte, sin necesidad de que intervinieran autoridades superiores que lo autorizaran ni de que se abriera una causa judicial previa para investigar las responsabilidades o los presuntos delitos cometidos por los que iban a ser fusilados. Ello explica que muchos comandantes de puesto de cuarteles de la Guardia Civil dejaran triste memoria en pueblos del sur de Córdoba, como los tenientes Pascual Sánchez Ramírez en Baena, Basilio Osado Salvador en Rute, Cristóbal Recuerda Jiménez en Fernán Núñez o Luis Castro Samaniego en Lucena. Lo mismo ocurrió con algunos guardias civiles, como Antonio Velázquez Mateo en Jauja.

Alumnos y profesores de la escuela de Jauja en 1934.

Jauja es una aldea de Lucena. En Lucena triunfó la sublevación desde el primer día, y pocas horas después, a las cinco de la mañana del 19 de julio, se impuso el bando de guerra. No ocurrió lo mismo en Jauja, situada al suroeste de Lucena, a 24 kilómetros, con una población mayoritariamente socialista y que en aquel tiempo rondaría los mil habitantes. Los guardias civiles de Jauja recibieron la orden de concentrarse con sus familias en la Comandancia de Lucena la misma tarde del 18 de julio, por lo que la aldea permaneció en zona republicana. Los republicanos jaujeños crearon entonces un Comité que se encargó del desarme de los vecinos que podrían apoyar la rebelión militar, de la requisa de granos y aceite de algunos cortijos y de la organización de un servicio de guardias dentro del pueblo, pero en todo momento se evitaron las violencias, las detenciones y los fusilamientos.

Tras la caída de la localidad sevillana de Herrera (31 de julio) y de la cordobesa Puente Genil (1 de agosto) en manos de los militares rebeldes, los refugiados que escapaban y pasaban por Jauja iban contando las atrocidades cometidas en la conquista por las tropas moras llegadas de Marruecos. Para evitar una masacre similar en la aldea, el Comité republicano decidió enviar una comisión para negociar con las autoridades militares de Lucena la rendición, sin embargo estas se negaron a llegar a un acuerdo que solo pedía que se respetaran las vidas de los habitantes de Jauja. El 11 de agosto las tropas franquistas tomaron la localidad sevillana de Badolatosa, situada a poco más de un kilómetro de Jauja, al otro lado del río Genil. En consecuencia, ante la inminente caída de la aldea y para evitar la posible represión, los republicanos jaujeños más significados huyeron hacia la zona republicana de Málaga y en el pueblo solo quedaron vecinos con nulo o escaso nivel de compromiso político y sindical.

La relativa calma que había vivido Jauja desde el comienzo de la guerra se rompió de forma brusca el 13 de agosto de 1936, cuando las fuerzas falangistas de Lucena tomaron el pueblo sin ninguna resistencia. A pesar de que no se le había causado daño físico a nadie durante los 26 días de dominio republicano, los golpistas no actuaron de la misma manera y la represión resultó muy dura. El cuartel de la Guardia Civil y la antigua Casa del Pueblo socialista se convirtieron en cárceles y se desencadenó una terrible ola de fusilamientos que se llevó al menos a 21 vecinos a la tumba en los alrededores de la localidad, en el cementerio, en Lucena y en la vecina Badolatosa. De ellos, solo 10 aparecen inscritos oficialmente como fallecidos en el Registro Civil. La identidad de los otros 11 se ha conseguido obtener a través de testimonios orales ya que, al igual que ocurrió en todas las zonas controlada por los franquistas, un gran número de represaliados (en Jauja, más de la mitad) no dejó huella documental alguna de su fallecimiento. El porcentaje de muertos, por tanto, resultó muy abultado en la aldea, pues alcanzó al 2,2 % de la población. Los nombres de las 21 víctimas mortales de Jauja que hasta el momento tenemos identificadas se pueden consultar en este enlace.

Ricarda Ana Cobacho Cañete, fusilada en noviembre de 1936.

Entre los fusilados se encontraban dos mujeres, de las que aportaremos algunos datos que nos facilitaron los nietos de ambas en 2007. A mediados del mes de octubre de 1936 detuvieron a la maestra del Centro Obrero Socialista Ricarda Ana Cobacho Cañete (de 36 años y con cuatro hijos, el mayor de 13 años), a su madre y a sus hermanas, en lo que parecía un acto de venganza por el apoyo público que habían mostrado, dos años antes, a la solicitud del concejal socialista de Jauja para que una partida económica del Ayuntamiento se destinara a la construcción de un grupo de escuelas en el pueblo en vez de al arreglo del cuartel de la Guardia Civil, propuesta esta última defendida por los propietarios agrícolas. Las mantuvieron presas varios días en el cuartel, donde las interrogaron, las raparon y las obligaron a tomar aceite de ricino. Las liberaron, pero al poco tiempo volvieron a detener a Ricarda Ana. En el cuartel sufrió interrogatorios brutales para que desvelara el paradero de sus hermanos Juan y Manuel, afiliados al sindicato socialista UGT, que habían huido del pueblo. Tras permanecer varios días presa, el guardia Velázquez, acompañado por un guardia apodado el Negro Gandul, y los requetés el Cota y el Mono, la condujeron al arroyo La Coja. Allí, un día indeterminado de comienzos de noviembre, un conocido de la familia encontró su cadáver, semienterrado y destrozado, pues al parecer había sido violada y le habían mutilado los pechos.

Una amiga de Ricarda Ana, Rosalía Ruiz Cobacho, de 62 años, que había soportado el cautiverio y las vejaciones con ella en la cárcel, cayó asesinada por uno o varios disparos a bocajarro en la cabeza en la calle Pleito, el 5 de noviembre, cuando se negó a dar un paso más en dirección al cementerio, donde iban a fusilarla. El nieto de Rosalía, Rafael Cañete Fuillerat me envió varios correos electrónicos en octubre de 2007 para aportar detalles de esta historia. Según me escribió, aunque reconocía que no sabía si era una leyenda o no, los tiros se produjeron cuando su abuela cogió desprevenido al guardia Velázquez, le apretó de un puñado los testículos, y le gritó: “Lo que más por culo me da es que me vaya a matar precisamente el tío más mierda de toda Jauja”. Su muerte pudo ser un acto de venganza por la huida del pueblo a zona republicana de su hijo mayor, Francisco Cañete Ruiz, de 36 años, secretario y contador de la UGT entre 1931 y 1934. A otro hijo, Juan Antonio, de 18 años, también lo detuvieron y lo amenazaron con matarlo si no desvelaba el paradero de su hermano, pero al final logró salvar su vida y debió luchar como soldado en el bando franquista, donde asimismo ya combatía su hermano Manuel, un anarquista al que la guerra le sorprendió realizando el servicio militar en África.

El teniente Rafael García Rey, juez instructor en la causa abierta contra el guardia Velázquez.

En febrero de 1997 realicé las primeras entrevistas para investigar la represión en Jauja durante la guerra y la posguerra. Los testimonios recogidos entonces, de personas que vivieron aquellos hechos con edad adulta, ya hablaban de la actitud violenta del guardia Antonio Velázquez Mateo y del clima de miedo que impuso entre la población. Su talante déspota nos ha quedado bien reflejado tras el descubrimiento hace unos meses, entre los más de 80.000 expedientes que se conservan en el Archivo del Tribunal Militar Territorial II de Sevilla, de una causa abierta contra él —causa 17, legajo 124, expediente 4.109— a consecuencia de las denuncias presentadas ante la Comandancia Militar de Lucena por cinco vecinos. En principio, el gobernador militar de Córdoba ordenó que se recabara información sobre las denuncias, así que el 5 de febrero de 1937 el comandante militar de Lucena, el capitán Juan Pedraza Luque, nombró juez instructor al teniente de Infantería de la Caja de Recluta Rafael García Rey, a quien emplazó a trasladarse a Jauja para iniciar las investigaciones.

Para entender el contexto histórico de estas denuncias, hay que apuntar que en la España franquista solo carlistas (con sus milicias armadas, el requeté) y falangistas conservaron plena actividad política, ya que eran organizaciones que estaban estructuradas de manera paramilitar y contaban con capacidad de encuadramiento y movilización de voluntarios y combatientes. Los otros partidos de derechas quedaron aletargados, mientras los partidos del Frente Popular (republicanos, socialistas, comunistas) y de izquierdas, los sindicatos y los partidos nacionalistas quedaron prohibidos y sus bienes incautados. El 1 de abril de 1937 Franco emitió el decreto de unificación, de manera que todas las organizaciones adeptas a la sublevación militar se encuadraron en una sola organización: Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista, conocida popularmente como la Falange o el Movimiento Nacional, el único partido legal durante toda su dictadura.

Esquina del cuartel de la Guardia Civil en Jauja.

Dos escasos meses antes de que aconteciera la unificación, se produjeron las denuncias contra el guardia Velázquez, jefe de los requetés en la aldea por nombramiento del jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Córdoba. Fueron cinco los denunciantes, personas humildes y trabajadores del campo: Rafael García Pinto, de 35 años, Cristóbal Domínguez Martín, de 36 años, Manuel García Carrasco, de 35 años, Juan Sánchez Romero, de 27 años, y José Torres García, de la misma edad. Todos alegaban motivos más o menos similares. En su mayoría pertenecían a la Falange desde hacía tres o cuatro meses, pero exponían que el guardia civil Antonio Velázquez Mateo los había obligado a adherirse al requeté y a pagar la cuota de socio, sin admitir que pudieran darse de baja. Rafael García Pinto fue más explícito y afirmó que tuvo que afiliarse “por temor de ser objeto de un atropello de dicho guardia [ya] que el que no accede a sus deseos lo abofetea y castiga arbitrariamente”. Todos los denunciantes coincidían en que en la tarde del 2 de febrero de 1937, el guardia Antonio Velázquez los avisó para que se presentaran en la sede del requeté o en el casino Vidal, donde les advirtió que debían estar preparados para salir aquella misma noche a Córdoba a prestar servicio en una columna militar requeté, mandada por el coronel Luis Redondo, y que serían arrestados si se negaban. Los denunciantes se quejaban de “las amenazas y las coacciones” sufridas y de haber sido alistados en el requeté “a viva fuerza”. Así que por miedo a sufrir un “atropello” decidieron abandonar su trabajo, su casa y sus familias para pernoctar en Lucena y poder presentar al día siguiente una denuncia contra el guardia ante la autoridad militar.

Tras las diligencias practicadas, el juez instructor, el teniente Rafael García Rey, en su informe judicial estimó que la actuación del guardia Velázquez suponía un delito de atentado a las personas, por lo que el gobernador militar de Córdoba ordenó que se siguiera tramitando la causa. De nuevo, el juez instructor se trasladó a Jauja para seguir tomando declaración a testigos y denunciantes, que confirmaron en todos sus términos los contenidos de las denuncias.

El testigo José Cobacho Pérez, un bracero de 31 años, manifestó que pertenecía al requeté “por presión, ya que el declarante ni conocía el reglamento ni sabía qué era tal requeté y por miedo a dicho guardia [y] porque no fuera a vengarse por cualquier motivo injustificado firmó el documento” de afiliación. El denunciante Juan Sánchez Romero declaró que cuando se presentó el 2 de febrero de 1937 en el casino donde estaba el guardia Velázquez con la intención de comunicarle que se quería dar de baja en el requeté para pasarse a la Falange, este le replicó: “¿Tan mal te ha ido en él?, yo siempre te he considerado y desde ahora en adelante el primero que salga para Córdoba serás tú, que eres un comunista malo”. A continuación ordenó que lo llevaran detenido al cuartel de la Guardia Civil, donde permaneció arrestado tres horas. Algunos miembros de la Comisión de Guerra del requeté, que se encontraban allí, consiguieron que el guardia Velázquez lo pusiera en libertad, pero antes tuvo que admitir que seguiría perteneciendo a la organización. Además, le advirtieron “que era una ignorancia pedir la baja, porque [para] cualquier cosa que se me presentara podían dar malos informes y me podían fusilar”. La Comisión de Guerra del requeté la formaban entonces Fernando Gómez Maireles (el de la Pala), Adriano Hidalgo Bergillos, Manuel López Conde (Manolito Perulo), Antonio Muñoz Graciano, Cristóbal Chamizo Márquez (el Panadero) y Antonio Fernández Romero.

José Torres García, denunciante también, manifestó que al desaparecer el grupo de Caballería formado en la aldea al ser tomada por los falangistas, el guardia Velázquez lo pasó al requeté “sin contar con su voluntad”, pues hubo de rellenar la ficha de militante por temor a que tomaran “represalias” contra él. En la misma línea se expresó otro denunciante, Manuel García Carrasco, diciendo que como “mi inscripción como requeté ha sido a voluntad del guardia civil Velázquez, y no de la mía propia, he solicitado la baja por instancia al jefe de dicha unidad en esta aldea y se han negado a admitirla de forma incorrecta y tirándome la instancia de referencia sin escucharme siquiera”. Otra testigo, María Jesús Pérez Velázquez, de 58 años y viuda, declaró que el día 2 de febrero se personó en su domicilio un requeté para avisar de que debían presentarse inmediatamente su hijo José Quesada Pérez y su yerno Vicente Maireles Carrasco, a los que se llevaron a Córdoba con cinco más, a pesar de que su yerno tenía esposa y cinco hijos y su hijo poseía una prórroga de incorporación al servicio militar por ser hijo de viuda pobre. Cuando fue a pedir explicaciones al cuartel al guardia Velázquez, este le respondió de manera altanera que protestara en Córdoba.

En su declaración ante el juez, el guardia civil Antonio Velázquez Mateo, de 33 años y natural de Sevilla, rechazó las acusaciones de que hubiera ejercido presión o amenazas para conseguir afiliados al requeté y afirmó que todos se habían adherido “a voluntad propia”. También negó que el día 2 de febrero obligara de forma violenta a que marcharan a Córdoba determinados jaujeños apuntados al requeté. Alegó que él solo cumplió las órdenes recibidas a través de un oficio del teniente coronel jefe de la organización, Luis Redondo, para que se incorporaran a una columna militar de voluntarios carlistas todos los militantes disponibles. Y terminó diciendo que de los 19 que avisó solo se personaron siete, pues el resto se trasladó a Lucena para presentar denuncia contra él ante el comandante militar de la plaza, al parecer incitados por el jefe local de la Falange José Santaella Rodríguez.

Las diligencias practicadas por el juez instructor se enviaron a la Auditoría de Guerra de Sevilla, que el 9 de marzo de 1937 ordenó que se averiguara la “conducta social anterior a la fecha del Glorioso Alzamiento Nacional y primeros días desde su iniciación de los vecinos de dicha aldea Rafael García Prieto, Cristóbal Domínguez Martín, Juan Sánchez Romero, José Torres García, Manuel García Carrasco, José Quesada Pérez, José Cobacho Pérez y Vicente Maireles Carrasco”. La intención de la Auditoría era conocer si la denuncia podía ser fruto de un complot o se presentaba por personas no “adictas al Glorioso Movimiento Nacional”. También, la Auditoría solicitó que se tomara declaración al jefe local de la Falange, José Santaella Rodríguez, con la finalidad de descubrir si había incitado a los vecinos a presentar la denuncia contra el guardia.

Atendiendo a las indicaciones del auditor, el día 18 de marzo de 1937 se constituyó de nuevo el juzgado en Jauja, esta vez en el domicilio del cura párroco, Ildefonso Villanueva Escribano, lo que nos demuestra la enorme influencia que el sector eclesiástico adquirió en la España franquista. Aun así, este sacerdote intentó siempre ser comedido y fiel a la verdad en sus declaraciones ante el juez, al menos en los testimonios que hasta ahora hemos podido leer de él en varios sumarios de consejos de guerra que se incoaron contra otros jaujeños en la posguerra. El juez dispuso que se buscara también a dos vecinos de “buena solvencia moral” para que testificaran en el caso, así que por iniciativa del cura se citó a Rafael Gómez Santaella y Juan Guerrero Cantero. Los tres testimonios resultaron muy similares, como veremos a continuación, ya que señalaron que los denunciantes eran buenas personas (a pesar de que todos habían militado con anterioridad en el partido socialista) y recalcaron que no se habían producido violencias en Jauja mientras la localidad estuvo en manos republicanas, es decir, hasta el 13 de agosto de 1936, fecha en la que fue ocupada por los falangistas llegados de Lucena.

El sacerdote Ildefonso Villanueva declaró que antes de la contienda “todo este personal figuraba en la Casa del Pueblo como socialista, que tampoco los he visto o los veo entrar en la iglesia, que la conducta de ellos es buena, tanto anterior como posterior al movimiento, y a pesar de haber estado afiliados como socialistas, en las circunstancias actuales lo mismo estos que el resto de la aldea se hayan afiliados a Requeté y Falange”. El hortelano Juan Guerrero Cantero, de 55 años, manifestó que “en los primeros días del movimiento tanto ellos como los demás de la aldea no se metían con nadie a pesar de estar esto dominado por los elementos marxistas, y que al ser tomada esta aldea por las tropas se apuntaron casi todos a milicias, unos a Requeté y otros a Falange, considerándolos como buenas personas”. Por último, Rafael Gómez Santaella, de 47 años, explicó que conocía a los denunciantes, a los que calificó como “buenos muchachos”. Dijo que habían “pertenecido a la Casa del Pueblo como militantes del partido socialista, al que han pertenecido todos o casi todos de la aldea, pero que nunca se han distinguido en asuntos políticos, y que al iniciarse el movimiento salvador, se mantuvieron en el mismo estado que con anterioridad he dicho, pues en esta aldea a pesar de haber estado en poder de los elementos marxistas, no han ocurrido desmanes de ninguna clase, pues todos se imponían a que los elementos extraños entraran en la aldea, por cuyo motivo no ha pasado nada”.

Las declaraciones ante el juez instructor del jefe de la Falange, José Santaella Rodríguez, de 32 años, corroboraron de manera clara la versión de los denunciantes y los testigos. Manifestó que él nunca había forzado a los vecinos a que se adhirieran a la Falange ni había hablado nunca con ellos para que denunciaran al guardia Velázquez, pero que “los que mencionan anteriormente y otros más sí han sido incitados por el Guardia Civil Antonio Velázquez Mateo para que se afiliaran al Requeté, así como llevarlos a la fuerza al Cuartel para que firmaran la ficha de dicho organismo”.

Terminada la ronda de declaraciones, la causa se envió de nuevo a la Auditoría de Guerra. Esta ordenó que se practicara un careo entre el jefe de la Falange y el guardia Velázquez, que se realizó en Lucena el 27 de abril de 1937, cuando el guardia ya se encontraba destacado en Alameda (Málaga). Tras esta nueva diligencia, la Auditoría emitió en Sevilla su dictamen definitivo el 18 de mayo de 1937. En él se señalaba lo siguiente:

Los hechos relatados no revisten caracteres de delito o falta grave, puesto que el nombrado guardia civil, al proceder como lo hizo, no pretendía otra cosa, como jefe que era de la organización del requeté, en la mencionada aldea, que procurar por todos los medios que los denunciantes, la mayoría de los cuales se encontraban en la aldea sin prestar servicio práctico alguno, coadyuvaran de una manera efectiva en la defensa de la Patria, tan necesitada de hombres jóvenes, haciéndoles incorporarse para marchar a Córdoba, no logrando conseguir que lo hicieran más que siete, pues los demás se quitaron de en medio y se marcharon a Lucena a denunciar el hecho que estimaban delictivo.

En su consecuencia y por todo lo expuesto sobreseo definitivamente la presente causa.

El 21 de junio de 1937 el juez instructor dispuso que se notificara la resolución al guardia Velázquez, que en aquel momento ejercía de cabo provisional y comandante de puesto de la Guardia Civil de Zambra, una aldea perteneciente a la localidad cordobesa de Rute. Esta resolución judicial es una muestra de la impunidad en la que se desenvolvían durante la guerra civil y la posguerra determinados miembros de las fuerzas de orden público, ya que podían cometer abusos y tomar decisiones arbitrarias sin que los afectados por ellas pudieran ejercer su derecho a una tutela judicial efectiva y lograran encontrar amparo en las instituciones del Estado. Con posterioridad a los hechos que hemos relatado, el guardia Velázquez fue destinado de nuevo a Jauja. Ya envalentonado, y consciente de que su poder tenía pocos límites legales, siguió actuando de una manera aún más contundente que la que hemos relatado, según los testimonios orales que pudimos recoger a finales de la década de los noventa del siglo pasado.

Información adicional: La actuación de los tribunales militares en Jauja en la posguerra.